Rembao Cosnulting
Seguridad Confiable

“CORRUPCIÓN Y MAFIAS EN PROTECCIÓN CIVIL EN BC PODRÍAN CONVERTIR LA TRAGEDIA DE LA TORMENTA RACHEL EN UN NEGOCIO DE EXTORSIÓN”

“CORRUPCIÓN Y MAFIAS EN PROTECCIÓN CIVIL EN BC PODRÍAN CONVERTIR LA TRAGEDIA DE LA TORMENTA RACHEL EN UN NEGOCIO DE EXTORSIÓN”

El Impacto Real de la Corrupción: De la Tragedia de Rachel a los Vistos Buenos de Fachada

Es necesario cuestionar con severidad el costo humano y económico de este secuestro institucional. Tras el paso de la Tormenta Meteorológica Rachel en Ensenada, miles de ciudadanos y cientos de unidades económicas se vieron desamparadas ante el desastre. Es aquí donde salta la pregunta obligada para las cámaras empresariales y los ayuntamientos: ¿De qué sirvieron los Programas Internos de Protección Civil o los Vistos Buenos de Bomberos si los empresarios fueron obligados a pagar cuotas masivas a una red de asesores selectos que jamás pararon el pie en las industrias para evaluar los riesgos reales?

Los documentos recabados formalmente a través del Portal de Transparencia demuestran que, en efecto, existieron irregularidades críticas en la conformación de los padrones y la aplicación de los exámenes. Como Auditor Técnico, vengo tocando puertas y advirtiendo de este peligro desde el mes de abril de 2026. En el oficio entregado ante la Secretaría Anticorrupción con fecha del 27 de abril, denuncié formalmente el colapso ético de la dependencia, señalando que la concentración de trámites en manos de unos cuantos funcionarios-consultores constituía un bloqueo administrativo peligroso.

Hoy la historia y las afectaciones meteorológicas nos dan la razón: las mafias que viciaron el sistema regulatorio no solo cometieron delitos financieros, sino que pusieron en riesgo la vida de miles de trabajadores y la continuidad operativa de nuestras empresas al otorgar validaciones de seguridad de escritorio que resultaron ser un cascarón vacío ante la fuerza de la naturaleza.


  • DE: HSE. Alfredo Rembao Vizcarra (Asesor Registrado ACCP-370)
  • CC. Colectivo “Seguridad Industrial BC” y Asesores Consultores Capacitadores Privados
    PARA: Presidentes del CCE, CANACO, CANACINTRA, CMIC, Medios de Comunicación y Opinión Pública en Baja California.
    FECHA: 17 Octubre de 2026

Como Auditor Técnico Especializado y Asesor Registrado ACCP-370 en el Estado, asumo de manera frontal la responsabilidad de esta denuncia y hago un llamado de alerta máxima al sector industrial, comercial, de la construcción, agropecuario, marítimo-portuario, así como a los sectores hotelero, turístico y médico-hospitalario de Baja California.

Tras el devastador impacto de la Tormenta Meteorológica Rachel en Ensenada, mandos medios y operativos de Protección Civil y Bomberos podrían utilizar las inspecciones de daños como un “embudo recaudatorio” para hostigar y extorsionar a los empresarios que intentan levantar la economía de la región en Baja California .


Esta denuncia no es un rumor de pasillo, he integrado y ratificado personalmente los expedientes legales correspondientes, logrando que la Unidad Especializada en Combate a la Corrupción de la Fiscalía General del Estado mantenga abierta la Carpeta de Investigación Penal bajo el Número de Caso 0204-2026-27966 por el delito de Uso Ilícito de Atribuciones y Facultades, en conjunto con el Folio de Expediente 202608265 ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Estado.

Los Hechos Documentados Ante el Ministerio Público:

  • La Extorsión de los $15,000 Pesos: La Subcoordinación técnica de Protección Civil del Estado de BC obligó sistemáticamente a los asesores a pagar un paquete forzoso para el curso “Sistema de Comando de Incidentes”. Investigamos las normativas La NOM-010-SSPC-2019 es la Norma Oficial Mexicana titulada “Que establece los requisitos básicos para la implementación del Sistema de Comando de Incidentes (SCI)”, publicada por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana ,a su vez confirmamos que la Ley de Ingresos del Estado cataloga este concepto como “Aprovechamiento”, lo cual de acuerdo con la legislación fiscal local significa que es un pago de carácter voluntario y no obligatorio. A pesar de su naturaleza opcional, las autoridades operaron un esquema de extorsión institucional y abuso de autoridad: impusieron el curso como un requisito obligatorio de facto para mantener vigente el registro en el padrón estatal, bloqueando y rechazando de manera ilegal la recepción de los Programas Internos de Protección Civil (PIPC) de las empresas si el asesor no pagaba este peaje. Para justificar el costo extralegal y forzar la recaudación, los funcionarios utilizaron como pretexto el registro oficial de la Escuela de Protección Civil de Baja California (EPROC BC) bajo el Folio Federal CC/02/24 otorgado por la Escuela Nacional (ENFOCC), induciendo al sector privado mediante el uso dolo e ilegítimo de los logotipos federales de la Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC).

Negocio Familiar con Recursos Públicos (MATPEL): Se denunció penalmente al Coordinador de Capacitación estatal por impartir de manera directa cursos obligatorios con un costo de $7,500.00 pesos M.N., exigiendo que los depósitos se realizaran flagrantemente en la cuenta bancaria particular de su hermano consanguíneo (Cuenta BBVA), desviando la infraestructura del Estado para el lucro de una firma privada de Consultores.

Esta y otras denuncias están plenamente sustentadas en derecho. He ratificado formalmente los expedientes ante las autoridades judiciales, logrando que la Unidad Especializada en Combate a la Corrupción de la Fiscalía General del Estado mantenga abierta la Carpeta de Investigación Penal bajo el Número de Caso 0204-2026-27966 por el delito de Uso Ilícito de Atribuciones y Facultades, en conjunto con el Folio de Expediente 202608265 ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Estado.

La Mafia del Comité Técnico: Juez, Parte y Caja Chica
Contamos con las actas oficiales del Comité Técnico de Protección Civil (como la del pasado 10 de marzo de 2026) que demuestran cómo operaba este secuestro institucional. Los funcionarios COORDINADOR DE PROTECCION CIVL y la Subcoordinadora Técnica y el Coordinador de Capacitación se encontraban en esa fecha al servicio, se auto designaron mediante el Acuerdo CEPC/02/26 como los únicos encargados de aplicar, revisar y calificar los exámenes para el registro de asesores. El resultado de este monopolio fue devastador:

Manipulación del Padrón y Censura de Competencia: Implementaron un bloqueo sistemático donde reprobaron y censuraron a más del 71% de los profesionistas aspirantes independientes para cerrar el mercado (como consta en los registros oficiales de evaluación), mientras que en otros periodos aprobaban masivamente sin rigor técnico a sus estructuras afines. En abril de 2026 operaron una convocatoria simulada (Acuerdo CEPC/01/26) mediante “ampliaciones de plazo” opacas para incrustar de forma exprés a sus despachos preferidos.

Respaldamos firmemente las enérgicas acciones restrictivas emitidas por el nuevo Coordinador Estatal de Protección Civil, el Mtro. Ignacio Lozoya Morales, quien el pasado 1 de septiembre de 2026 prohibió de manera contundente que se siguieran utilizando las instalaciones del Gobierno del Estado para que servidores públicos impartieran capacitaciones privadas al gremio y a particulares. Esta acción frena en seco conductas que violan de forma flagrante la ley, ya que el marco jurídico vigente prohíbe estrictamente estas prácticas bajo los siguientes fundamentos de derecho: expulsó de manera contundente a esta red delictiva de los inmuebles públicos del Gobierno del Estado. Sin embargo, las mafias operativas locales en los municipios siguen activas y buscarán ensañarse con los comercios tras la tormenta Rachel.

Prohibición Absoluta de Cobros y Conflicto de Interés: De acuerdo con el Artículo 52 (Cohecho) de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Baja California, incurre en una falta grave el servidor público que exija o acepte, por sí o por interpósita persona (familiares), cualquier beneficio o dinero no previsto en el presupuesto a cambio de realizar sus funciones.

Abuso de Funciones para Beneficiar Familiares: El Artículo 57 (Abuso de Funciones) de la misma ley estatal prohíbe tajantemente que un funcionario se valga de su cargo para realizar actos u omisiones que generen un beneficio económico para sí mismo o para sus familiares consanguíneos hasta el cuarto grado. es una violación directa y una falta administrativa grave.

A los asesores legítimos registrados en el estado, a los profesionistas independientes que han sido bloqueados desde hace unos 5 años atrás con exámenes amañados y un sistema viciado, exclusivo para un grupo selecto en su mayoría integrado por servidores públicos, les digo de manera clara y abierta: el miedo se acabó.

Hemos documentado ante las autoridades un descarado conflicto de interés que opera como un círculo vicioso en Baja California: muchos de los asesores y consultores privados de Protección Civil son, al mismo tiempo, inspectores de bomberos de diferentes municipios, así como jefes a cargo de enviar, revisar y dar el visto bueno (Vo.Bo.) a las inspecciones que se realizan en los comercios. Este modus operandi, implementado desde hace mucho tiempo atrás, es tan cínico que en el propio padrón oficial de asesores del Estado aparecen muchos de estos funcionarios registrados con el mismo número telefónico, el cual utilizan abiertamente para desviar clientes hacia sus consultorías privadas, operadas a través de redes familiares y amistades allegadas. Ellos mismos imponen las trabas en el gobierno, ellos mismos reprueban a la competencia y ellos mismos se contratan por fuera para aprobar los trámites de manera exprés.

Las denuncias penales están plenamente ratificadas bajo el Número de Caso 0204-2026-27966 ante la Fiscalía General del Estado. El Ministerio Público tiene en sus manos las pruebas de las cuentas, las actas de simulación y las duplicidades telefónicas del padrón. No nos vamos a callar ni nos vamos a doblar ante las mafias que por media década pisotearon el ejercicio profesional de la gestión de riesgos. Es hora de limpiar la protección civil y los cuerpos de bomberos en Baja California; es hora de devolverle la legalidad a nuestro estado.

Instancias y dependencias (Municipales ,Estatales ,Federales) que ya están formalmente enteradas, notificadas y dando seguimiento oficial

  • Ámbito Federal (Ciudad de México)
  • Fiscalía General de la República (FGR): A través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), bajo el Folio de Denuncia Federal: 40930 (admitida el lunes 12 de octubre de 2026 por fraude fiscal y triangulación de recursos).
  • Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) Federal: Enterada directamente mediante el acuse enviado a la oficina del Secretario, el Mtro. Omar Hamid García Harfuch.
  • Coordinación Nacional de Protección Civil (CNPC): Con conocimiento e intervención de su titular, la Lic. Laura Velázquez Alzúa.
  • Secretaría de la Función Pública Federal: Notificada para la fiscalización de recursos y convenios federales.
  • Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI): Por la vulneración y opacidad en el manejo del padrón público y datos de los asesores.
  • ⚖️ Ámbito Estatal (Baja California)
  • Secretaría General de Gobierno (Subsecretaría de Gobierno en Ensenada): Notificada formalmente en sus oficinas de Ensenada a las 15:30 horas, manifestando la inconformidad por el adelanto arbitrario de la convocatoria sin publicarse en el Periódico Oficial del Estado.
  • Secretaría de la Honestidad y la Función Pública de B.C.: Enterada directamente mediante la notificación entregada a su titular, la Dra. Rosina del Villar Casas (con el acuse manuscrito a nombre de María Gabriela Monge Pérez), para auditar la capacidad técnica de los evaluadores.
  • Secretaría de Economía e Innovación de B.C. (Dirección de Mejora Regulatoria): Con acuse oficial recibido a las 14:48 horas, denunciando la falta de sede local en Ensenada y la violación flagrante a la Ley de Mejora Regulatoria que obligó a traslados injustificados a Tijuana.
  • Portal de Transparencia de la Secretaría General de Gobierno: Reclamo formalizado de manera digital bajo el Folio oficial: 1121167626000078 para auditar la legalidad de todo el proceso de aplicación de exámenes.
  • Comisión Estatal de los Derechos Humanos de B.C. (CEDHBC): Notificada a través de su Presidente, el Mtro. Jorge Álvaro Ochoa Orduño, por la violación al derecho humano al trabajo y a la certificación de los especialistas.
  • Oficina del Ejecutivo del Estado en Ensenada: Notificada formalmente con acuse directo en las oficinas del Poder Ejecutivo del Estado en Ensenada, B.C., a las 15:30 horas (con copia marcada para el seguimiento de la C.C.P. Marina del Pilar Ávila).
  • Fiscalía General del Estado de Baja California (FGE): Integrando la carpeta de investigación penal en la Unidad Especializada en Combate a la Corrupción (Delegación Tijuana) bajo el Número de Caso oficial: 0204-2026-27966 por el delito de Uso Ilícito de Atribuciones y Facultades.
  • Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Estado: Con expediente de queja formal radicado ante la Dirección de Contraloría Social bajo el Folio de Registro: 202608265.
  • Órgano Interno de Control (OIC) de la Secretaría General de Gobierno: Instancia interna encargada de vigilar y sancionar administrativamente a los funcionarios de la dependencia.
  • Coordinación Estatal de Protección Civil de Baja California (CEPCBC): Con conocimiento directo del nuevo titular, el Mtro. Ignacio Lozoya Morales, y las delegaciones de Tijuana, Mexicali y Ensenada.
  • Instituto de Transparencia y Acceso a la Información de Baja California (ITAIPBC): Por la manipulación de las listas públicas de aprobados y reprobados.
  • Ámbito Municipal (Ayuntamientos)
  • Sindicatura Procuradora del H. XXV Ayuntamiento de Tijuana: Notificada para investigar el conflicto de interés de los inspectores locales que operan consultorías privadas.
  • Dirección de Administración Urbana (DAU) del Ayuntamiento de Tijuana: Por el bloqueo ilegal y condicionamiento de trámites de desarrollo urbano vinculados a los PIPC.
  • Direcciones de Bomberos y Protección Civil Municipales (Tijuana, Ensenada y Mexicali): Enteradas de la investigación sobre el modus operandi de sus jefes de inspección e inspectores activos.

El Agotamiento Extremo de las Instancias y el Bloqueo Institucional Coordinado

Es fundamental que la opinión pública, el sector empresarial y los medios de comunicación sepan que para llegar a este extremo de denuncia frontal, el suscrito agotó primero, de manera pacífica, técnica y legal, todas y cada una de las instancias municipales y estatales correspondientes. Desde el 27 de abril de 2026 se interpusieron inconformidades, aclaraciones y denuncias formales ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de la Honestidad y la Función Pública, y la Dirección de Mejora Regulatoria en Ensenada, denunciando los plazos imposibles de cuatro días y el adelanto arbitrario de las convocatorias.

Sin embargo, la respuesta del aparato burocrático local no fue la legalidad, sino la omisión sistemática, la denegación de justicia y un descarado bloqueo informático e institucional para encubrir la corrupción. Ante esta parálisis y complicidad, me vi obligado a recurrir al ámbito federal e interponer un recurso urgente ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) bajo el ASUNTO: SE SOLICITA ATRAER CASO POR DENEGACIÓN DE JUSTICIA, OMISIÓN SISTEMÁTICA Y MANIPULACIÓN INFORMÁTICA DEL ÓRGANO GARANTE LOCAL (ITAIPBC), exponiendo las siguientes evidencias irrefutables suman ya mas de 40 carpetas encuentran congelados :

  • 40 Recursos de Revisión Congelados con Dolo: Interpuse un total de mas de 40 Recursos de Revisión formales ante el Instituto de Transparencia de Baja California (ITAIPBC) desde los meses de mayo, junio y julio de 2026. A la fecha actual, el órgano garante local mantiene ilegalmente congelados estos mas de 40 expedientes bajo el estatus informático ficticio de “Por notificar”, excediendo deliberadamente los plazos máximos obligatorios que dicta la ley para resolver, con los siguientes números de expediente oficiales:
    • Área de Secretaría General de Gobierno (SGG): SGG2608924, SGG2611701, SGG2616428 y SGG2617130.
    • Área de Secretaría Anticorrupción (SABG): SABG2612937.
    • Áreas de Ayuntamientos Municipales: Ayunt2614510, Ayunt2616072, Ayunt2616212, Ayunt2616432, Ayunt2616411, Ayunt2616422, Ayunt2616665, Ayunt2617011, Ayunt2617013, Ayunt2617129, Ayunt2617128, Ayunt2617131, Ayunt2617132, Ayunt2617501 y Ayunt2617830.
    • Secuestro del Sistema y Manipulación Informática: La Dirección de Transparencia del estado, a cargo de la C. Ericka González Muñoz, mantiene mañosamente congelada mi “Solicitud de Acumulación y Resolución Masiva” (recibida el 3 de septiembre de 2026) bajo un estatus inexistente en la ley denominado “Análisis”. Con esto, bloquearon el sistema en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) para impedir que ingrese nuevas promociones libres, procediendo a desechar de forma extemporánea mi recurso de revisión más antiguo.

Esta parálisis institucional coordinada violenta de manera flagrante los Artículos 6° y 8° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Opera como un esquema de encubrimiento procesal masivo para evitar que el suscrito y el gremio de asesores accedan a los padrones de contratistas, historial financiero y desvíos de fondos del Acuerdo Federal CC/02/24 de la Escuela de Protección Civil (EPROC BC).

Por tales motivos, el caso ya está en manos del INAI Federal, a quien se le ha solicitado formalmente Atraer el caso de forma urgente, ordenar una auditoría informática integral a la bitácora del sistema (Log) de la PNT en Baja California y requerir al ITAIPBC la inmediata liberación y resolución de estos 20 expedientes acumulados bajo apercibimiento de ley.

“INEXISTENCIA DE LICENCIAS Y RESPONSIVAS TÉCNICAS: LA TORRE DE PRÁCTICAS OFICIAL DE PCBC SE EDIFICÓ AL MARGEN DE LA LEY”


El Registro de la EPROC BC: Una Fachada Federal Sustentada en una Obra Clandestina

El nivel de audacia de esta red de corrupción alcanzó su punto máximo en la forma en que se gestionó y obtuvo el registro oficial para la Escuela de Protección Civil de Baja California (EPROC BC). De acuerdo con el expediente del caso, los exfuncionarios públicos utilizaron como pretexto técnico una supuesta “pista operativa” y una Torre de Entrenamiento Metálica de 3 niveles y 7.56 metros de altura, edificada a marchas forzadas en agosto de 2025 en el patio trasero de la base Francisco Villa en Tijuana. Esta estructura civil fue la pantalla indispensable para simular el cumplimiento de las capacidades formativas ante la Federación, logrando amarrar el convenio de incorporación con la Escuela Nacional (ENFOCC) bajo el Acuerdo CC/02/24.

Sin embargo, las solicitudes de acceso a la información pública presentadas por el suscrito han desnudado una realidad alarmante: la Escuela de Protección Civil del Estado opera sobre una infraestructura clandestina e ilegal de origen.

Tras realizar búsquedas exhaustivas e institucionales, se han obtenido las siguientes respuestas oficiales que confirman el fraude:

  • Inexistencia Absoluta de Licencias Civiles: Mediante el oficio número DIR-DAU-XXV-2092-2026, emitido el 28 de septiembre de 2026, la Dirección de Administración Urbana (DAU) del H. XXV Ayuntamiento de Tijuana constató formalmente que no existe ninguna solicitud, trámite, plano autorizado, memoria de cálculo ni licencia de construcción para dicha torre metálica de 7.56 metros. La obra se ejecutó violando por completo el Reglamento de Edificaciones local.
  • Carencia de Responsiva Profesional: La estructura carece del aval, firma o responsiva técnica de un Director Responsable de Obra (D.R.O.) o Corresponsable en Seguridad Estructural que certifique que la torre cumple con las normas sismológicas y de resistencia al viento mínimas para salvaguardar vidas.
  • Incompetencia y Omisión de las Áreas de Gobierno: A la par del deslinde municipal, el Poder Ejecutivo del Estado, a través de la SIDURT, se declaró formalmente incompetente bajo el folio PNT 1121166826000118, manifestando no poseer ningún registro técnico de la obra. Asimismo, las solicitudes ingresadas bajo el folio 1121167626000242 confirman la inexistencia de dictámenes eléctricos, de gas, o de medidas de seguridad humana sobre este inmueble estatal.

Resulta un cínico contrasentido y un peligro de seguridad civil grave que la mismísima dependencia encargada de auditar, vigilar y sancionar la estabilidad estructural de las industrias y comercios en Baja California, haya falseado información y simulado infraestructura ante la Federación para conseguir una certificación nacional. Utilizaron una torre ilegal que no cuenta con un solo dictamen de riesgo vigente para operar sus cursos masivos privados, obligando a los cuerpos de bomberos y al personal en capacitación a arriesgar su integridad física en una obra negra civil que está al margen de toda normatividad urbana.

El suscrito, C. Alfredo Rembao Vizcarra, en mi carácter de ciudadano, Auditor Técnico y periodista técnico de opinión, hago del conocimiento público que:

  1. Origen de los Datos: Toda la información técnica, nombres de funcionarios, números de registros (TIS/ACCP), convenios y datos estadísticos presentados en este manifiesto han sido recabados de forma legítima y transparente a través de los canales oficiales de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) y mediante oficios de desahogo de información emitidos y firmados por las propias dependencias gubernamentales del Estado y los Ayuntamientos.
  2. Principio de Presunción de Inocencia: El suscrito no realiza acusaciones directas ni imputaciones definitivas de culpabilidad contra ningún servidor público o particular mencionado. En estricto apego al Artículo 20, Apartado B, Fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se respeta plenamente el principio de presunción de inocencia de todas las personas referidas.
  3. Materia de Investigación Judicial: Los hechos aquí señalados constituyen una relatoría informativa sobre las líneas de investigación que las autoridades correspondientes ya han admitido a trámite. Corresponde única y exclusivamente a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción (Caso: 0204-2026-27966), a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (Folio: 202608265) y al Servicio de Administración Tributaria (SAT-Federal Folio: 40930) realizar el deslinde de responsabilidades, auditar las bitáculas informáticas y determinar las sanciones administrativas o penales que en su caso correspondan.

Este pronunciamiento se emite de buena fe, con fines informativos de interés público y en ejercicio de los derechos fundamentales de libertad de expresión y de prensa consagrados en los Artículos 6° y 7° de la Constitución Mexicana.

RESPONSABLE DE LA PUBLICACIÓN Y CONTACTO DIRECTO:
C. Alfredo Rembao Vizcarra
Auditor Técnico y Tercer Acreditado (ACCP-370)
📞 Teléfonos: (646) 244-35-24 / (646) 108-78-75
📧 Correo: info@rembaoconsulting.com
🌐 Portal Oficial: rembaoconsulting.com


Leave a comment

All fields marked with an asterisk (*) are required

Ir a la conversación en WhatsApp
¿Necesitas Ayuda?
¡Bienvenido a Rembao Consulting!
¿En qué podemos ayudarte?